15 enero 2008

Los jóvenes menores a 30 años pueden solicitar en forma gratuita un dominio .es

Desde hoy los jóvenes menores a 30 años pueden solicitar en forma gratuita un dominio .es y su página web por un año, como parte del programa Jóvenes en Red promovido por el Gobierno en el marco de la nueva Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información que se aprobó el 20 de diciembre pasado.

La iniciativa del Ejecutivo tendrá un coste de tres millones de euros en 2008, más un millón de euros anuales a partir de 2009.

Se puede registrar un solo dominio por joven, en http://www.jovenesenred.com/.

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18 abril 2007

Una nueva Ley para los SMS

Hace ya mucho tiempo que se esperaba que ocurriera, ya que se han hecho verdaderos excesos en este sector y eso siempre lleva a una ley restrictiva para poner un poco de orden.

Parece que esta nueva ley que se va a poner en práctica no es excesiva comparándola con lo que las empresas del sector llegaron a temer hace unos años, y que no era otra cosa que similar a lo que ocurriera con los teléfonos de tarificación adicional (803, 806 y 807) en donde se cambiaron las numeraciones y estuvieron a punto de poner todos en optin, es decir que solo se pudiera llamar por aquellos teléfonos que se hubieran suscrito, y que ya ocurrió hace muchos años, lo que suponía cerrar el sector de golpe pues dejando de ser completamente anónimo, esta numeración no es útil, pero parece que no ocurrirá con los sms por ahora.

Me parece bien que se regule y se impida que determinadas empresas sin escrúpulos vean impedida su labor para que el resto podamos seguir realizando nuestro trabajo y ofreciendo nuestros servicios, pues este negocio haciéndolo con un poco de profesionalidad y ética es un gran negocio y no hace falta utilizar esas prácticas que algunas empresas han estado utilizando en los últimos años.

Lo que echo en falta es la posibilidad de que los precios del sms sean mayores o se regule un máximo de margen de las operadoras móviles por ejemplo a un 8 o 10%, es decir que puedan realizarse envíos de sms de 2 o 3 euros para poder realizar servicios de micropagos con este sistema, ya que actualmente es muy difícil llevarlo a cabo por la escasez del margen pues el mayor porcentaje de lo que paga el usuario se lo quedan las operadoras de móviles dejando una reversión mínima para las empresas que nos dedicamos a este negocio y así es difícil armar ningún servicio por, como digo, los escaso márgenes que quedan.

  • Industria prepara una regulación para los servicios de mensajes cortos.
  • Afectará a diferentes servicios de SMS, como los concursos y las descargas de contenidos.
  • De las cuatro cifras actuales se pasará a cinco o seis según los casos.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio prepara una orden para regular los servicios de mensajes cortos (SMS), en los que se incluyen los servicios "premium" de descarga de logos (imágenes), melodías y otros contenidos que suponen una tarifación adicional

En una nota, el Ministerio informó el martes de que se trata de una normativa que afectará a un sector muy dinámico que en su conjunto facturó en 2006 más de 1.600 millones de euros, y está dirigida especialmente a la protección de los derechos de los usuarios.

El proyecto establece la numeración corta a utilizar para la prestación de los servicios de tarifación adicional, que pasa de las cuatro cifras actuales a cinco o seis, de manera que las primeras cifras indicarán el rango de precios y el tipo de servicio.

De esta forma, los números cortos de precio inferior a un euro comenzarán por dos, los servicios de suscripción por tres o los servicios con contenidos para adultos por 89.

Derecho a la desconexión y a la información

También se establecerá, entre otras medidas, la imposición a los operadores de telefonía la obligación de garantizar a sus abonados el derecho a la desconexión de los servicios de tarifación adicional basados en el envío de mensajes cortos.

Este mecanismo permitirá al abonado, previa solicitud a su operador, que desde su teléfono se impida el envío de mensajes de coste superior a un SMS ordinario, o con determinados contenidos para adultos.

La orden ministerial también incluirá la mejora de la información suministrada a los abonados sobre los precios y contenidos de los servicios, de forma que los titulares de los números cortos tendrán que identificarse con un mensaje en el que señalen el coste del servicio.

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13 abril 2007

Eliminado el artículo 17 bis del Anteproyecto de Ley de Internet

El texto preveía la vigilancia y el bloqueo de contenidos de Internet a instancias de las entidades de gestión de derechos y sin necesidad de orden judicial.

Tras un enorme revuelo, acaba de desaparecer el polémico artículo 17 bis de la reforma del Anteproyecto de Ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI), que preveía la vigilancia y el bloqueo de contenidos de Internet a instancias de las entidades de gestión de derechos y sin necesidad de orden judicial.

Ayer mismo, publicábamos en Silicon News que en los próximos diez días, el Gobierno aprobaría la reforma del Anteproyecto de LISI y del polémico artículo 17 bis, que obligaría a las operadoras de telecomunicaciones a vigilar los contenidos que los usuarios comparten a través de la Red. En principio estaba previsto que el texto del anteproyecto se enviara de forma inmediata al Consejo de Ministros. No obstante, según fuentes de El Navegante, el artículo 17 bis ha sido eliminado del texto, por lo que es poco probable que el Gobierno pueda darle luz verde remitirlo a las Cortes esta semana.

Varias asociaciones venían alertando ya desde hace tiempo de la posibilidad de una censura administrativa, pues la medida expuesta en el artículo 17 bis vulneraba la obligación constitucional del mandamiento judicial para intervenir publicaciones o contenidos en la Red.

Desde la Asociación de Usuarios de Internet (AUI), así como de la Asociación de Internautas, se ha solicitado una reunión urgente con el Catsi (Consejo Asesor Técnico para la Sociedad de la Información) para pedir al Gobierno información sobre el texto del Anteproyecto. Para Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internet, "queremos saber qué texto se baraja ahora, porque no lo conocemos después de estos cambios".

Ambas asociaciones también se han propuesto preguntar al Ejecutivo por el incumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual, dado el retraso de los Ministerios de Industria y Cultura a la hora de fijar las cuantías del canon por copia privada sobre dispositivos digitales, que teóricamente debió establecerse el pasado 27 de marzo.

Fuente: Silicon News

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25 diciembre 2006

El 95% de las tarifas de telefonía móvil serán ilegales por la nueva Ley de consumo

Los 46 millones de usuarios de telefonía móvil que existen en España verán cómo su operadora le cambiará la tarifa que han elegido en un plazo máximo de dos meses.

A finales del próximo mes de febrero –a los dos meses de su publicación en el BOE–, entrará en vigor la nueva ley de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, que aprobó el pasado jueves el Congreso por consenso de todos los partidos.
La futura legislación prohibe la facturación por tramos –lo que se conoce como redondeo– con carácter general, tanto en el tiempo utilizado como en el precio, así como cualquier cláusula que prevea el cobro por servicios o productos no prestados. Además, establece que para los servicios de telefonía –fija o móvil–, la unidad tipo será el segundo.

Estas disposiciones legislativas dejan en la ilegalidad la inmensa mayoría de las tarifas que aplican todos los operadores de telefonía móvil ya establecidos (Movistar, Vodafone y Orange), así como las de los nuevos grupos que trabajan como operadores móviles virtuales como Yoigo, Carrefour o The Phone House.

Dos de cincuenta
Actualmente, se comercializan en España alrededor de cincuenta tipos de tarifas diferentes de telefonía móvil. Pero sólo dos tarifas, una de Movistar –denominada contrato tu tiempo– y otra de Vodafone, llamada Vitamina al segundo, cumplirían actualmente con la nueva norma.

El resto de las tarifas de contrato y prepago –tarjeta– de todos los operadores o bien cobran por segundos, pero después de cobrar el primer minuto completo, o bien lo hacen por tramos de treinta segundos. Ambas prácticas quedarán prohibidas en adelante.
Este es el caso para los precios de Yoigo y de Happy Movil. La antigua Xfera es el cuarto operador y presume de contar con las tarifas más baratas y transparentes del mercado. Sin embargo, cobra el primer minuto completo y, luego, en tramos de treinta segundos.
Happy Móvil es el operador virtual especializado en el mercado de inmigrantes y acaba de ser lanzado por la cadena de distribución The Phone House. El nuevo operador también tarifica el primer minuto completo y, luego, en tramos de treinta segundos.

Orange, la antigua Amena, factura todas sus tarifas por segundos –es la única entre las tres grandes que lo hace, tanto en contrato como en tarjeta–, pero después de haber cobrado el primer minuto completo. Uno de sus operadores virtuales, Carrefour Móvil, mantiene el mismo esquema tarifario.

Consumo mínimo
Otra de las prácticas que la nueva norma pone en cuestión es la inclusión de un consumo mínimo mensual. Yoigo, por ejemplo, ha fijado seis euros de consumo mínimo, tanto para contrato como para tarjeta, que se cobrarán mensualmente o se descontarán del saldo, se hayan consumido o no. De hecho, es el único operador que tiene implantado este concepto para clientes de tarjeta. Casi todos los demás operadores tienen cláusulas similares para clientes de contrato y, posiblemente, esta característica también quedará fuera de la ley.

Pero la nueva norma podría afectar a más tipos de servicios de telecomunicaciones como la banda ancha, tanto fija como móvil.
Tarifas planas en cuestión
Según las opiniones manifestadas por algunos expertos en regulación de telecomunicaciones, aunque la ley está pensada básicamente para la telefonía móvil, podría plantear, desde una interpretación radical, serios problemas a las tarifas planas fijas de ADSL y a los sistemas de tarificación para servicios de datos móviles.

La causa de estos problemas potenciales es que la regulación aprobada establece que el coste del servicio habrá de calcularse a partir del consumo efectivamente realizado. Las tarifas planas para el ADSL residencial estipulan un precio fijo mensual, independiente del consumo que realice el cliente. Las de los servicios de datos móviles, en muchos casos, cobran también una cantidad fija por la descarga mensual de una cantidad de datos. Las más habituales se sitúan en unos 30 euros al mes por un gigabyte de descarga, y 60 euros por cinco gigabytes de datos recibidos, independientemente de que se consuman o no.

En cualquier caso, en lo que todos los expertos coinciden es que la nueva regulación tendrá como efecto principal la elevación de los precios nominales por minuto. Si se mantuvieran los mismos precios nominales pero se facturase por segundos, los ingresos de los operadores se reducirían sensiblemente. Para mantener, con el mismo volumen de tráfico, unos ingresos medios similares a los que ahora se obtienen, el precio por minuto tendrá, necesariamente, que subir.

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