18 diciembre 2006

FACUA denuncia ante Industria irregularidades en las subidas de tarifas que pretende aplicar Movistar el 1 de enero


Según leemos en la página web de Facua (Federación de Consumidores en Acción), la compañía de telefonía móvil MOVISTAR, ha hecho público que el próximo 1 de Enero realizará una serie de subidas de precios, pero según esta organización de consumidores eso no es legal por que incumple el requisito de hacerlo con un mes de antelación, y por tanto ha denunciado el hecho ante la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones.

Transcribimos el texto íntegro:

Exige que se pospongan a una fecha posterior ya que la compañía no ha informado a todos sus clientes con al menos un mes de antelación ni indicándoles su derecho a darse de baja sin penalización alguna, como exige la normativa vigente. Las llamadas a las nuevas operadoras de móviles serán 0,06 euros por minuto más caras, con lo que subirán entre un 13 y un 55%. Llamar a líneas con prefijos 901, 902 y 905 costará hasta un 108% más.

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha denunciado ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio irregularidades en las subidas de tarifas que pretende aplicar Movistar el 1 de enero. Las llamadas a las nuevas compañías de móviles serán 0,06 euros por minuto más caras, con lo que se incrementarán entre un 13 y un 55%. Llamar a líneas con prefijos 901, 902 y 905 costará hasta un 108% más.

Movistar no ha aceptado la demanda de FACUA de posponer las subidas al no haber informado a todos sus clientes con al menos un mes de antelación ni indicándoles su derecho a darse de baja sin penalización alguna, como exige la normativa vigente.

Y es que con estos cambios de tarifas, el operador ha liberado a los clientes que no quieran aceptarlos del posible compromiso de permanencia de dieciocho meses que figurase en sus contratos en caso de haber recibido un móvil por 0 euros o con precio bonificado. Sin embargo, ante la ocultación de información por parte de Movistar, FACUA duda que ésta asuma lo establecido en la legislación y permita a los usuarios cambiar de compañía o dar de baja sus números sin exigirles el pago de los 150 euros por cancelación anticipada que establecen sus contratos de permanencia.

En este sentido, la Federación advierte que la legislación es clara: el artículo 107 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril recoge "el derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones (contractuales)".

Movistar debe posponer la subida

FACUA exige además que se aplacen los cambios en las tarifas ya que según el citado artículo, "cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo 105.2 [entre las que figuran los precios y otras condiciones económicas de los servicios] deberá ser comunicada al abonado con una antelación mínima de un mes".

La última factura de Movistar, donde informa de las subidas tarifarias y su derecho de resolución anticipada, ésta llegando a los clientes entrado el mes de diciembre, por lo que de aplicar las subidas el 1 de enero no se respetaría el plazo legal de un mes. Además, la carta no indica que la resolución del contrato no implicará "penalización alguna", como obliga a informar el Real Decreto.

Por su parte, los clientes de prepago y los que tienen factura electrónica recibieron, según Movistar, un SMS entre los días 21 y 24 de noviembre en el que se indicaba que entrarían en vigor nuevas tarifas en determinadas llamadas y se remitía a informarse de las mismas de forma gratuita en el 3502. Sin embargo, el SMS no advertía del derecho del abonado a resolver el contrato de forma anticipada, una vulneración del mencionado Real Decreto por el que FACUA ha solicitado a la compañía que vuelva a enviar otro incluyendo esta información.

Subidas en llamadas a nuevas compañías de móviles

Todas las llamadas a compañías de telefonía móvil distintas de Movistar, Vodafone y Orange serán 0,06 euros por minuto más caras que en la actualidad, lo que supondrá subidas de entre un 13 y un 55% (las llamadas a los citados móviles cuestan hoy entre 0,11 y 0,48 euros/minuto, según el plan tarifario contratado). La medida afectará tanto a las conversaciones con teléfonos de Yoigo como de Carrefour Móvil, Happy Móvil y el resto de operadores móviles virtuales que irán saliendo al mercado en los próximos meses.

901, 902, 905 y 666

También subirán las llamadas a líneas con prefijo 901 y 902, que utilizan numerosas empresas y organismos para la información y atención a los usuarios, los 905, que se emplean en muchos concursos, y las consultas de consumo telefónico realizadas al 666.

El precio por minuto de las llamadas a números 901 pasará a ser 0,25 euros, frente a los 0,24 y 0,12 euros/minuto actuales, según horarios. La subida alcanzará así hasta el 108%.

El precio de las llamadas a los 902 será de 0,40 euros/minuto, mientras que actualmente cuestan 0,36 y 0,22 euros/minuto si la línea a la que se llama es de Telefónica y 0,48 y 0,36 euros/minuto si es de otra compañía. El incremento máximo llegará al 82%.

Las consultas de consumo telefónico efectuadas al 666 dejarán de ser gratuitas y pasarán a costar 0,15 euros. Movistar pretende aplicar esta tarifa el 18 de diciembre, pero FACUA también le ha advertido que la fecha vulnera el plazo establecido en la normativa.

Compromiso de permanencia

El apartado 19 de las condiciones generales del contrato Movistar establece, en relación a las obligaciones de los usuarios con contrato de permanencia, que "el cliente se compromete a permanecer dado de alta en este contrato y en un plan de precios de consumo mínimo igual o superior al contratado, con la línea vinculada al mismo, durante los dieciocho meses siguientes a partir de la firma según condiciones de permanencia de Movistar en cada momento. En caso de baja anterior del cliente por cualquier causa, o cambio de plan de precios a uno que implique un menor compromiso de consumo, éste abonará a Movistar la cantidad máxima de 150 euros, impuestos indirectos no incluidos, que será pasada al cobro al cliente".

Pero la modificación de las condiciones contractuales permite a los usuarios rechazarlas antes de su aplicación y solicitar la baja en la compañía sin tener que abonar la citada cantidad.

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